Ayudas a la creación de Empresas otorgadas por el Concello de Vigo
FINALIDAD: Estas ayudas se crean para
colaborar de forma activa en la generación de empleo en el municipio apoyando
la puesta en marcha de proyectos, de pequeñas y medianas empresas,
independientemente de su forma jurídica, que iniciasen su actividad empresarial
entre el 1 de Abril de 2014 y el 31 de Marzo de 2015.
OBJETO:Se subvencionarán parte de los gastos de su puesta en marcha y del
funcionamiento de la empresa durante los 3 primeros meses de actividad y los
tres primeros meses anteriores.
REQUISITOS: Se exigen una serie de requistos de obligado cumplimiento para poder
acceder a las mismas:
- - Domicilio fiscal y social en Vigo
- - Empresas de nueva creación
- - Que al menos, uno de los promotores este en situación de desempleo a la fecha de inicio de actividad.
- - Estar al corriente en deudas con la Administración y con el Concello de Vigo
- - Que los promotores no desenvolviesen igual o similar actividad en los seis meses anteriores
- - Que ninguno de lo promotores hubiesen recibido la subvención del Programa de Ayudas Municipales a la creación de empresas del Concello de Vigo en los 4 años anteriores al inicio de la nueva actividad
-
Y cumplir con los requisitos
generales de la Ley de Subvenciones de Galicia (no estar en situación de concurso,
no haber sido condenadas por sentencia firme a no poder ser beneficiarias de
subvenciones, ETC)
LÍMITES: El importe máximo de estas ayudas será de 3.000.-€ por empresa y no
podrá superar e 50% de los gastos efectuados durante el periodo indicado ni
tampoco exceder la cuantía total de la inversión inicial realizada por los
promotores.
INCOMPATIBILIDADES: No será compatible esta ayuda con las ayudas EMEGA o con las Ayudas a
Autónomos siempre y cuando se soliciten para los mismos conceptos, no obstante
podrán compaginarse entre sí, si se solicitan para partidas distintas.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
- - 10 puntos: Empresas que obtuvieron certificado ILE o PEIM emitido por el Concello de Vigo
- - 2 puntos: Por la situación social de las personas promotoras que crean su puesto de trabajo (dependiendo del colectivo: mujeres, menores de 30, mayores de 45, etc)
- - 2 puntos: por cada empleo creado por cuenta propia o ajena a tiempo completo de duración mínima de tres meses.
- - 2 puntos: por cada perosna promotora autoempleada o contratada por cuenta ajena, empadronada en Vigo
- - 2 puntos: por el empleo de la lengua gallega en la realizaciñon de actividades propias de la empresa
GASTOS
SUBVENCIONABLES:
- - Gastos de constitución y apertura (50%)
- - Existencias iniciales de mercancías (50%)
- - Gastos de alquiler (50%)
- - Primas de seguros (50%)
- - Suministros y gastos corrientes (50%)
- - Derechos de propiedad industrial (50%)
- - Impuesto de vehículos de tracción mecánica (50%) (vehículos afectos a la actividad)
-
PLAZO: El plazo de presentación finaliza el próximo 15 de Julio 2015.
Departamento Jurídico
Xedega